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Como ley PACA se conoce a la Ley de Productos Agrícolas Perecederos.
Su nombre obedece a las siglas en inglés
Perishable Agricultural Commodities Act, originalmente expedida en
1930 por el Departamento de Agricultura de Estados Unidos. Con distintos
cambios, mantiene su finalidad de proteger al productor de cambios en
las condiciones de mercado o resguardarlo de eventuales abusos por parte
de los comerciantes. |
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Se expresa como la ley de eliminación de las prácticas desleales y
fraudulentas de comercialización de productos agrícolas perecederos en
el comercio interestatal y exterior.
La ley está presentada en veinte secciones que cubren: definiciones,
sistemas de licencia, responsabilidades, reclamaciones, reparación,
sanciones, inspección y otras normas. |
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La ley es válida para el comercio interestatal y exterior de
productos agrícolas perecederos, comprendiendo frutas y verduras
frescas, congelados o no, o envasadas en hielo.
La ley alcanza al comerciante comisionista (persona que tiene
el negocio de recibir el producto para su venta), al negociante
(como persona que se ocupe del negocio de comprar y vender), al
corredor (persona que actúa a nombre del comprador o del vendedor),
al camionero transportista, al mayorista de productos alimenticios, al detallista,
a otros servicios de alimentos.
Son ilegales los actos de engaño en relación con el peso, la cuenta,
omisión de entrega, destrucción del producto, alteraciones,
modificaciones no consentidas. |
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Esta licencia es expedida (requerida, otorgada, suspendida o
denegada) por el Departamento de Agricultura de Estados Unidos, para el
comercio de productos agrícolas perecederos.
Es obligatoria para toda persona que compre o venda más de 2 mil
libras de productos diarios.
La obligatoriedad es desde la primera transacción. Los agentes
comerciales y los comerciantes detallistas, sólo están sujetos a este
requerimientos si el monto total de sus facturas excede de 230 mil
dólares al año. |
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Los compromisos de compra venta de productos perecibles establecen
las condiciones para la rendición de cuentas, la sujeción a inspecciones
oficiales en caso de diferendos así como el deslinde de
responsabilidades.
El producto debe ser cancelado a un plazo máximo de 30 días desde la
fecha de recepción. El precio no puede ser reajustado. Cualquier reclamo
se efectuará entre las 8 y 48 horas de recibido el producto. El
comprador está obligado a priorizar su deuda al vendedor perjudicado
(inclusive no puede derivar las ganancias a fines distintos).
Todo reclamo de una empresa que se considerada perjudicada ante una
transacción, es efectuado como una demanda ante el Departamento de
Agricultura. También puede hacerla ante un tribunal ordinario de Estados
Unidos. La demanda alcanza al total de daños y perjuicios (así como
cargos) a consecuencia de esa infracción. Se tomará en cuenta que las
reclamaciones requieren de la asistencia de un abogado especializado. La
sanción como orden de reparación, incluyendo la suspensión de la
licencia, se dictamina previa una investigación. |
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